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12 de Junio de 2010 Compartir

Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010

El INDEC está preparando el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010, que se realizará el 27 de octubre, que será además feriado nacional.

Se realizará este año el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, que estará a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), según Decreto 67/2010, que establece la obligación ciudadana de responder al censo.

 

Se realizará este año el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, que estará a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), según Decreto 67/2010, que establece la obligación ciudadana de responder al censo, dispone la colaboración de las Fuerzas Armadas, de los agentes de la administración pública, como una carga pública y también se convocará a ciudadanos para las tareas de relevamiento.

El Decreto, que además declara de interés nacional al censo, lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y de los ministros de Economía, Amado Boudou y del Interior, Florencio Randazzo.

Dispone además la creación del Consejo Superior del Censo Nacional, que tendrá a su cargo la coordinación programática y ejecutiva entre los organismos nacionales y provinciales, con el objeto de asegurar una eficiente colaboración y articulación entre los mismos, a fin de movilizar el conjunto de recursos humanos y materiales necesarios para la realización del operativo en sus distintas fases.

El Consejo Superior del Censo Nacional será presidido por el ministro de Economía y estará integrado por funcionarios con rango no inferior al de Secretario, quienes actuarán en representación de la Jefatura de Gabinete y de los ministros del Poder Ejecutivo Nacional.

El Indec integrará el Consejo Superior en carácter de Secretaría Ejecutiva y tendrá a su cargo el diseño metodológico, la planificación, organización, implementación, supervisión y evaluación de todas las etapas del operativo censal.

Establece que todos los habitantes de la Nación quedan obligados a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el censo y advierte que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multas.

Expresa que la información que se obtenga del censo será utilizada exclusivamente para los fines enunciados en la Ley Nº 17.622 quedando amparada en consecuencia, por el Secreto Estadístico.

En los considerandos dice que los datos demográficos reunidos en los censos nacionales de población, familias y viviendas constituyen la base objetiva que permite determinar el número de representantes a elegir por la población en cada una de las jurisdicciones, durante los actos comiciales que se celebran en el país.

Además el censo reviste la máxima importancia, pues las decisiones y planes de gobierno deben basarse en un conocimiento preciso de la población en términos de su cantidad y distribución territorial, sus características demográficas, educacionales, habitacionales, entre otras.

Precisa que las familias son relevadas considerando a los hogares como unidad de observación. Agrega que el censo propuesto constituye el marco maestro para la obtención de muestras estadísticas representativas de las diversas jurisdicciones territoriales, las que permiten efectuar mediciones sobre la evolución de las características sociodemográficas y económicas de la población en los períodos intercensales.

Explica también que las proyecciones de población a nivel nacional y jurisdiccional se realizan a través de la información generada por el censo, a partir de cuyos resultados, mediante la aplicación de métodos demográficos específicos, se obtiene un conocimiento anticipado de los comportamientos poblacionales futuros.

Además la integración de la Argentina al Mercosur torna necesario continuar con la producción de información actualizada, confiable y comparable con la generada por los países miembros.

Recuerda que las recomendaciones de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas contemplan el año 2010 como fecha de realización de los censos de población, hogares y viviendas, a fin de garantizar la comparabilidad internacional de los datos generados a través de los mismos.

Indica que es indispensable un proceso de planificación previa que permita determinar y evaluar los procedimientos a seguir en cada una de las etapas del censo, a fin de lograr que la información estadística derivada del mismo sea fehaciente y que los datos sean relevados, procesados y publicados en tiempo oportuno.

Expresa que la magnitud del operativo censal y la importancia de los datos derivados del mismo tornan imprescindible garantizar su éxito a través de la realización de pruebas previas orientadas a evaluar alternativas relacionadas con los avances internacionales en materia de metodología, organización, tecnología y demás recursos aplicados al censo.

Recuerda que el INDEC ha iniciado las tareas preparatorias del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010, y agrega que resulta necesario dotar al INDEC de un adecuado conjunto de facultades temporales al exclusivo efecto de la realización del Censo, que posibiliten la disposición de una estructura transitoria de recursos humanos y materiales en calidad, cantidad y oportunidad a fin de asegurar el eficaz cumplimiento del fin público asignado.


 

Fuente: Indec

 

 

   

 

 

 

 

Aldo Bonzi, La Matanza, Provincia de Buenos Aires, Argentina © 2005 www.bonziweb.com.ar