Se 
								realizará este año el Censo Nacional de 
								Población, Hogares y Viviendas, que estará a 
								cargo del Instituto Nacional de Estadística y 
								Censos (Indec), según Decreto 67/2010, que 
								establece la obligación ciudadana de responder 
								al censo, dispone la colaboración de las Fuerzas 
								Armadas, de los agentes de la administración 
								pública, como una carga pública y también se 
								convocará a ciudadanos para las tareas de 
								relevamiento.
								
								El Decreto, que además declara de interés 
								nacional al censo, lleva la firma de la 
								presidenta Cristina Fernández, del jefe de 
								Gabinete, Aníbal Fernández, y de los ministros 
								de Economía, Amado Boudou y del Interior, 
								Florencio Randazzo.
								
								Dispone además la creación del Consejo Superior 
								del Censo Nacional, que tendrá a su cargo la 
								coordinación programática y ejecutiva entre los 
								organismos nacionales y provinciales, con el 
								objeto de asegurar una eficiente colaboración y 
								articulación entre los mismos, a fin de 
								movilizar el conjunto de recursos humanos y 
								materiales necesarios para la realización del 
								operativo en sus distintas fases.
								
								El Consejo Superior del Censo Nacional será 
								presidido por el ministro de Economía y estará 
								integrado por funcionarios con rango no inferior 
								al de Secretario, quienes actuarán en 
								representación de la Jefatura de Gabinete y de 
								los ministros del Poder Ejecutivo Nacional.
								
								El Indec integrará el Consejo Superior en 
								carácter de Secretaría Ejecutiva y tendrá a su 
								cargo el diseño metodológico, la planificación, 
								organización, implementación, supervisión y 
								evaluación de todas las etapas del operativo 
								censal.
								
								Establece que todos los habitantes de la Nación 
								quedan obligados a responder la totalidad de las 
								preguntas incluidas en el censo y advierte que 
								quienes no suministren en término, falseen u 
								omitan la información solicitada incurrirán en 
								infracción y serán pasibles de multas.
								
								Expresa que la información que se obtenga del 
								censo será utilizada exclusivamente para los 
								fines enunciados en la Ley Nº 17.622 quedando 
								amparada en consecuencia, por el Secreto 
								Estadístico.
								
								En los considerandos dice que los datos 
								demográficos reunidos en los censos nacionales 
								de población, familias y viviendas constituyen 
								la base objetiva que permite determinar el 
								número de representantes a elegir por la 
								población en cada una de las jurisdicciones, 
								durante los actos comiciales que se celebran en 
								el país.
								
								Además el censo reviste la máxima importancia, 
								pues las decisiones y planes de gobierno deben 
								basarse en un conocimiento preciso de la 
								población en términos de su cantidad y 
								distribución territorial, sus características 
								demográficas, educacionales, habitacionales, 
								entre otras.
								
								Precisa que las familias son relevadas 
								considerando a los hogares como unidad de 
								observación. Agrega que el censo propuesto 
								constituye el marco maestro para la obtención de 
								muestras estadísticas representativas de las 
								diversas jurisdicciones territoriales, las que 
								permiten efectuar mediciones sobre la evolución 
								de las características sociodemográficas y 
								económicas de la población en los períodos 
								intercensales.
								
								Explica también que las proyecciones de 
								población a nivel nacional y jurisdiccional se 
								realizan a través de la información generada por 
								el censo, a partir de cuyos resultados, mediante 
								la aplicación de métodos demográficos 
								específicos, se obtiene un conocimiento 
								anticipado de los comportamientos poblacionales 
								futuros.
								
								Además la integración de la Argentina al 
								Mercosur torna necesario continuar con la 
								producción de información actualizada, confiable 
								y comparable con la generada por los países 
								miembros.
								
								Recuerda que las recomendaciones de la Comisión 
								de Estadística de las Naciones Unidas contemplan 
								el año 2010 como fecha de realización de los 
								censos de población, hogares y viviendas, a fin 
								de garantizar la comparabilidad internacional de 
								los datos generados a través de los mismos.
								
								Indica que es indispensable un proceso de 
								planificación previa que permita determinar y 
								evaluar los procedimientos a seguir en cada una 
								de las etapas del censo, a fin de lograr que la 
								información estadística derivada del mismo sea 
								fehaciente y que los datos sean relevados, 
								procesados y publicados en tiempo oportuno.
								
								Expresa que la magnitud del operativo censal y 
								la importancia de los datos derivados del mismo 
								tornan imprescindible garantizar su éxito a 
								través de la realización de pruebas previas 
								orientadas a evaluar alternativas relacionadas 
								con los avances internacionales en materia de 
								metodología, organización, tecnología y demás 
								recursos aplicados al censo.
								
								Recuerda que el INDEC ha iniciado las tareas 
								preparatorias del Censo Nacional de Población, 
								Hogares y Viviendas 2010, y agrega que resulta 
								necesario dotar al INDEC de un adecuado conjunto 
								de facultades temporales al exclusivo efecto de 
								la realización del Censo, que posibiliten la 
								disposición de una estructura transitoria de 
								recursos humanos y materiales en calidad, 
								cantidad y oportunidad a fin de asegurar el 
								eficaz cumplimiento del fin público asignado.