Comisión Evaluadora Adicional |
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Atento a los cambios que se vienen realizando en la Escuela
Secundaria a fin de garantizar la obligatoriedad y el ejercicio
del derecho a la educación de los adolescentes y jóvenes, la
Dirección Provincial de Educación Secundaria y la Dirección
Provincial de Gestión Privada se encuentran abocadas a la
elaboración de la normativa que acompañará el proceso de
conformación de escuelas secundarias de 6 años en sus planos
institucional y curricular.
En este sentido, el Régimen Académico, como instrumento de
gestión que ordena, integra y articula las normas y prácticas
institucionales que regulan las trayectorias escolares, se haya
en proceso de tratamiento en distintos ámbitos de consulta y
decisión.
Entendiendo que es perentorio implementar acciones que generen
condiciones institucionales y pedagógicas que favorezcan
trayectorias escolares completas y continuas ante situaciones de
riesgo educativo o posible vulnerabilidad escolar, se comunica
que, a partir del ciclo lectivo 2011:
1-
Los estudiantes que adeuden la cantidad de tres materias al
momento del inicio del ciclo escolar, después de las Comisiones
Evaluadoras correspondientes al segundo período, podrán
solicitar una Comisión Evaluadora Adicional en una sola y
única de ellas, la que se conformará dentro de los próximos
veinte días, una vez finalizado el período de febrero/marzo.
2-
El estudiante deberá reunir las siguientes condiciones:
·
Haberse presentado ante las Comisiones Evaluadoras de las 3
(tres) materias adeudadas en los turnos de evaluación de
diciembre o febrero – marzo.
·
Finalizado el período de febrero – marzo, presentar una
solicitud de conformación de Comisión Evaluadora Adicional de
una de las tres materias pendientes de acreditación ante la
Dirección del establecimiento firmada por el adulto responsable
y el propio estudiante, que será archivada en el legajo del
estudiante.
3.
Los estudiantes que estén en condiciones de acceder a la
Comisión evaluadora adicional deberán concurrir a clase,
matriculados en el año no promovido. En caso de aprobar la
materia, el estudiante promoverá al año inmediato superior en el
curso / turno en el que le hubiese correspondido ser matriculado
en caso de haber promovido al finalizar los períodos ordinarios
de las Comisiones Evaluadoras. El Equipo Directivo junto a los
respectivos profesores elaborará un plan especial de enseñanza
que corresponda a las clases en las que el estudiante permaneció
en el curso inmediato inferior.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN PRIVADA
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